top of page
Consulta a Wolfie.gif

IA y propiedad intelectual ¿Y qué hay de los derechos de autor?

Actualizado: 19 abr. 2023

La Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. declara que la música creada por IA puede optar a la protección de los derechos de autor (en determinados casos). Así que si eres autor, ¡este artículo te interesa!




En un reciente post de Bobby Owsinski en Music 3.0, se mencionaba que la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. ha declarado que ciertas creaciones de Inteligencia Artificial (IA) pueden ser objeto de derechos de autor.


En la actualidad, letristas y compositores se preguntan si podrán seguir trabajando con normalidad tras la llegada de ChatGPT y demás herramientas basadas en inteligencia artificial. Aunque la legislación en materia de derechos de autor suele llegar tarde, la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos está adoptando una postura proactiva y ofreciendo algunos consejos sobre lo que está permitido y lo que no cuando se trata de proteger los derechos de autor de obras que emplean Inteligencia Artificial (IA).


Cuando se emplea la Inteligencia Artificial, las cuestiones de derechos de autor se convierten en un tema complejo. ¿Quién es el propietario legítimo: el usuario, el servicio ChatGPT, el autor del algoritmo, el que lo entrenó o el individuo con el material que entrenó a la IA? Por el momento, estas preguntas siguen sin respuesta. El caso inicial de la Oficina de Derechos de Autor era uno de los que había que abordar principalmente.


La Oficina de Derechos de Autor está evaluando actualmente solicitudes que reclaman la propiedad de material generado por IA. No es un fenómeno reciente; de hecho, la Oficina reveló que el primer caso de este tipo se presentó allá por 2018. Se trataba de una obra visual, que el solicitante declaró que fue "generada automáticamente por un algoritmo informático que opera en una máquina." La solicitud fue denegada debido a la conclusión del examinador de que la obra no tenía autoría humana y tampoco se aceptaron los recursos. Esto significa que no es posible simplemente utilizar ChatGPT para generar una canción y luego intentar registrarla sin incluir algún tipo de aportación humana.


No obstante, se podría argumentar que ellos "elaboraron las instrucciones que llevaron a la IA a su conclusión". Por desgracia, la Oficina de Derechos de Autor no está de acuerdo e insiste en que si una IA recibe una instrucción de un humano y el resultado es una sofisticada pieza de escritura, arte o música, eso no significa autoría humana y, por tanto, no puede ser salvaguardada por los derechos de autor. Es posible utilizar IA de alguna forma que esté protegida por derechos de autor, siempre que el material creado o modificado se haga de forma creativa. La advertencia es que sólo puede determinarse caso por caso si éste es o no el caso.


La novela gráfica de Kris Kashtanova, Zarya of the Dawn, ha recibido recientemente una resolución de la Oficina de Derechos de Autor. En ella se afirma que el texto y la selección de elementos tanto escritos como visuales de la novela están protegidos por derechos de autor, pero que las imágenes Midjourney utilizadas en la obra no están protegidas por no ser producto de la autoría humana.


Aunque la música sigue excluida de esto, es seguro que surgirán casos en un futuro próximo. Como señalábamos al principio, este ámbito está lleno de dudas, sin embargo, poco a poco vamos comprendiendo los límites de los derechos de autor para la IA.



Consulta a Wolfie.gif
bottom of page